Sanciones OFAC por la No-Proliferación
Una de las metas principales de los listados de OFAC es promover los intereses de los Estados Unidos, de las cuales es de suma importancia mantenerse a salvo contra la proliferación nuclear. Con este propósito, existe un listado de sanciones OFAC que se dedica a los proveedores y propietarios de armas radioactivas. Esto se ha vuelto aún más importante después de 9/11, cuando surgió la amenaza de armas de destrucción masiva (WMD, por sus siglas en inglés).
Las personas y las compañías deberían de utilizar el listado para evitar hacer negocios con aquellos responsables de suministrar dichas armas a organizaciones o gobiernos corruptos. Se vislumbran los procesos civiles y criminales para aquellos que incumplen la diligencia debida.
El Ministerio de Finanzas y la OFAC tienen tres programas únicos de sanciones WMD:
- Orden Ejecutiva 13382 (2005), bloquea la propiedad de personas que participan en actividades de proliferación y sus redes de apoyo. Este listado específico de países OFAC aplica a varias organizaciones en Siria, Corea del Norte e Irán. El Departamento de Estado y Tesorería están facultados para designar a proliferadores de armas de destrucción masiva y a sus partidarios.
- Las Normas para el Control del Comercio de Armas de Destrucción Masiva de OFAC prohíbe la importación a los Estados Unidos de cualquier persona extranjera que el Secretario determine haya participado en actividades relacionadas con la proliferación de armas nucleares.
- Las Normas para el Control de Activos de OFAC (2000) del Acuerdo de Uranio Altamente Enriquecido (HEU, por sus siglas en ingles) “Bloquear Propiedades del Gobierno de la Federación Rusa relacionadas con la Disposición de Uranio Altamente Enriquecido extraído de Armas Nucleares”, relacionado con el desarmamiento nuclear de la anterior Unión Soviética , y que están dirigidas a propiedades utilizadas para realizar acuerdos internacionales entre los Estados Unidos y la Federación Rusa para la conversión de uranio altamente enriquecido (extraído de armas nucleares rusas) a uranio de bajo enriquecimiento para ser utilizado en reactores nucleares comerciales para propósitos de electricidad, y evita el apego o embargo de contratos en los Estados Unidos.